miércoles, 19 de mayo de 2010

EL QUE CALLA OTORGA

¿Se han preguntado alguna vez si la administración tiene plazo para resolver las solicitudes que se le plantean?., y ¿Que pasa si no responde?.

Pues bien, la administración tiene que responder siempre, tiene la obligacion de responder, pero nosotros tenemos el derecho a tener por respondida una solicitud una vez que ha transcurrido un determinado plazo.

Normalmente solemos entender que si la administración no responde es porque nos han denegado nuestra solicitud.

No siempre es así, puesto que en los siguientes casos:

- Las solicitudes de prórroga de la autorización de residencia,
- La renovación de la autorización de trabajo,
- Las solicitudes de autorización de residencia de larga duración

TRANSCURRIDOS TRES MESES DESDE QUE PRESENTAMOS LA SOLICITUD, SI ESTA NO HA SIDO RESUELTA Y NOTIFICADA NUESTRA SOLICITUD ESTA CONCEDIDA.


Así que lo dicho tras tres meses el que calla otorga.

14 comentarios:

  1. Hola ANNA..
    Es impresionante el comentario porque estoy convencido que muchos que lean esto, se alimentaran mogollón de la noticia..Pero si sacamos una conclusión de todo esto podemos decir que al fin al cabo la administarción hace lo que le dé la gana, en el sentido que pueden sacar siempre la ultima escusa..
    Tambien lo que no entiendo el porqué de ponernos la palabara resuelto en la página, dado en que todo el mundo tienen ese derecho en saber lo que le corresponde antes de que llegue la notificación a domicilio.. Entonces que nos puedes decir de esto ANNA?
    Un saludo desde Alicante

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  2. Muchas gracias Ana por su informacion, es muy interesante. Podria por favor informarme que pasos hay que seguir si la administracion no contesta en el transcurso de los tres meses?
    Gracias de antemano y un saludo

    Diego

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  3. Hola Mauri, le explico a cerca de lo que ha comentado, una vez que ha transcurrido el plazo establecido, y estimada una solicitud por silencio administrativo, "la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo".
    Por tanto no puede como Vd. dice "sacar una ultima escusa". Si lo hiciera, podriamos recurrir a los tribunales que con seguridad nos darian la razon.
    En cuanto a la modificación de la pagina de informacion creo que el hecho de que solo aparezca RESUELTO y la fecha de la resolución se hace para proteger la privacidad de esos datos, y que no pueda cualquier persona tener acceso a los mismos, de todos modos Vd. tiene derecho a obtener esa informació acudiendo personalmente a la oficina de extranjeros o bien nombrando a una persona para que acuda en su nombre.

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  4. Hola Diego,

    Tal y como establece la Ley de Procedimiento Administrativo "los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. Los mismos producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya producido, y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido que pudiera solicitarse del órgano competente para resolver. Solicitado el certificado, éste deberá emitirse en el plazo máximo de quince días".

    Dicho certificado puede ser solicitado directamente por el interesado; en los procedimientos administrativos no es preceptiva la intervención de abogado, pero si lo necesita mi despacho profesional queda a su entera disposicion a través de la siguiente dirección atorres.extranjeria@gmail.com, donde estaremos encantados de atenderle

    Reciba un cordial saludo.

    Ana Torres

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  5. Muchisimas gracias por toda su informacion, ha sido de gran ayuda.

    Un saludo

    Diego

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  6. Hola
    Tengo una consulta sr. ana maria, y es la siguente
    el dia 23 de abrl de 2010 presente en madrid, en las oficinas de c/ garcia paredes mi documentacion para la solicitud de la tarjeta permanente, por que se me caduco la tarjeta comunitaria, y desde entonces no me ha llegado nnguna carta o notificacion y entro en la pagina del map y me sale que mis datos no coinciden... no se que hacer tengo que volver a presentar mis documentos? volver a solicitar la tarjeta? o tengo que esperar? ya lleva mucho tiempo en tramite.. Sé que tengo que meter la solictud por la calle Lusa Fernanda pero alli me dieron cita para noviembre y por eso lo meti por Garcia pardes.. que hago??

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  7. Hola Veganox, espero que tras el tiempo transcurrido, ya haya solucionado su problema, si aún no ha recibido respuesta y para poder darle una informacion más precisa quisiera saber ¿porque solicitó residencia permanente al caducar la comunitaria?,¿Era residencia permanente del regimen comunitario o residencia comunitaria del regimen normal?

    Reciba un cordial saludo

    Ana Torres

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  8. hola,
    Me llamo Maria Victoria, me casé con un senegalés después de casi 2 años de convivencia, por problemas de que el primer matrimonio no le dieron por válido al celebrarse en en Consulado de Senegal. el segundo matrimonio pero primero válido, se celebró en marzo y a partir de ahí todo han sido problemas, creo que incluso me engaño con una chica dominicana mientras vivía en mi casa como un rey. El problema es que ha mentido 2 años para obtener la tarjeta comunitaria. Ahora se fué a Italia y está alli "buscando trabajo", no me quiere dar el divorcio por no perder su legalidad, aunque me invita a denunciarle porque ha sacado su carácter realmente chulo. Quiero divorciarme, tenemos separación de bienes, pero no me gustaría morir y que siguiera viviendo a mi costa, es decir, de mi pensión. Qué puedo hacer? puedo solicitar el divorcio por abandono de hogar?.. yo soy mayor que él y no tenemos familia en común. Todo ha sido una estafa desde el principio. Por favor, necesito ayuda. Estoy enferma y no puedo dormir con este problema. Necesito volver a retomar mi vida después de 2 años.
    Mi correo es mvfernandezg@hotmail.com

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  9. Hola ana,
    soy española, me case con un nigeriano en junio 2008. A los 9 meses cd recogio la tarjeta se fue de la casa. Pasó un tiempo hasta q me recupere e inicié el trámite de divorcio. Pero por el tema de los papeles ha estado alargando la cosa y se ha negado a firmar de mutuo acuerdo (no tenemos hijos, casados en separac. bienes y nada para repartir). En octubre de 2010 cansada de esperar inicie trámite contencioso, pero por sobrecarga juzgado se le comunicó el pasado 5 de junio (recien cumplidos los 3 años). Va a conservar su tarjeta de comunitario? Antes estaba ilegal y se acaba de quedar en paro.
    Gracias por tus respuestas

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  10. Hola Maria Victoria!,

    Si lees esto no te lo vas a creer pero es la primera vez ue veo el mensaje y veo lo rápido que ha sido todo, me alegro de haberte conocido, de que ya estes divorciada, y espero que sigas contando conmigo para todo lo que necesites.

    Un fuerte abrazo

    Ana

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  11. Hols Rach,

    Para mantener la residencia es preciso que el matrimonio haya durado tres años hasta la interposicion de la demanda.

    Aunque el podra si reune los requisitos solicitar la residencia por otra via.

    Un saludo

    Ana Torres

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  12. hola ana,le expongo mi caso ,tengo puesto un recurso en la direccion general de los registros y el notariado con respecto a la negacion de inscripcion de mi matrimonio,de esto hace ya 28 meses y medio ,y mi pregunta es ... een estos casos no hay un tiempo estipulado para que resuelvan? o es cuando a ellos les de la gana de ponerse a trabajar,? ¿no hay silencio administrativo en este caso? gracias y saludos

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  13. Hola soy de Bolivia llevaba 10 años con mi ex marido y 4 años de casada tengo el NIE comunitario,yo vivia en granada y al trasladarme a Madrid eh tenido problemas con la asistencia sanitaria porque no estoy trabajando siempre que daba mi numero de NIE le salian como no valido despues de semanas me eh querido abrir una cuenta corriente de banco y al hombre le salia el NIE no valido que puede ser eso,que continuamente salga no valido esque ya eh perdido mi NIE y estoy otra vez sin papeles?eso no es cuando ya hay una sentencia? yo todabia no la tengo porque mi NIE ya no vale?

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    Respuestas
    1. Hola,

      Estamos cambiando la ubicación del blog encontrará su respuesta en www.abogadaextranjeria.es

      Reciba un cordial saludo

      Ana Torres

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