Mostrando entradas con la etiqueta aeropuerto de barajas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta aeropuerto de barajas. Mostrar todas las entradas

domingo, 11 de noviembre de 2012

COMO LEER UNA ETIQUETA DE VISADO SCHENGEN


La etiqueta del visado contiene toda la información relativa a la autorización de entrada y estancia en territorio Schengen concedida.

Esta información viene reflejada mediante claves que vamos a analizar para comprender exactamente el significado del visado.

Validez territorial del visado:

El visado se puede conceder para todo el territorio Schengen, o bien para un/unos estados determinados.

Si aparece la expresión “ESTADOS SCHENGEN /ETATSSCHENGEN / SCHENGEN STATES/ETATS SCHENGEN”, el  visado  autoriza al titular a entrar Y transitar por todo el Espacio Schengen:   Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Suecia, Suiza, República Checa.

En el caso de que se halla impuesto una restricción territorial, aparecerá en el visado la  inicial de los Estados Schengen donde la visa es válida: A (Austria), B (Bélgica), CH (Suiza), CZE (República Checa), D (Alemania), DK (Dinamarca), E (España), EST (Estonia), F (Francia), FIN (Finlandia), GR (Grecia), H (Hungría), I (Italia), IS (Islandia), L (Luxemburgo), LT (Lituania), LVA (Letonia), M (Malta), N (Noruega), NL (Países Bajos), P (Portugal), PL (Polonia), S (Suecia), SK (Eslovaquia), SVN (Eslovenia)

En el caso de que aparezca la expresión  “Estados Schengen” seguida entre paréntesis por el signo de menos y los códigos de los Estados miembros en los cuales la visa no es válida:
 por ejemplo: ESTADOS SCHENGEN (- A, B)

Sin embargo, si en este espacio se estampa “ESPAÑA/ SPAIN + 1 TRANSITSCHENGEN”, significa que esta visa autoriza al titular a transitar una sola vez por un Estado Schengen para llegar a  España.

Del:

Fecha a partir de la cual se está autorizado a entrar en el “Espacio Schengen”. Marca el inicio de la validez del visado.

Al:

Fecha en la que se debe abandonar el territorio Schengen

Estas dos fechas marcan cuando se puede comenzar a utilizar el visado y hasta cuando, NUNCA LA DURACIÓN DE LA ESTANCIA AUTORIZADA.


Tipo de visado

“A”: visado de tránsito aeroportuario (este visado no le permite salir de la zona “internacional” o “de aduanas” del aeropuerto).
“C”: Visado de corta duración (duración de la estadía de menos de 90 días).
“D”: visado de larga duración (duración de la estancia superior a 3 meses).

Número de Entradas

“MULT”, significa que el titular puede ingresar al Espacio Schengen un número ilimitado de veces durante el periodo de validez del visado.
“01”, significa que el titular puede ingresar una sola vez al Espacio Schengen durante el periodo de validez del visado.
“02”, significa que puede ingresar dos veces al espacio Schengen durante el periodo de validez del visado.


Duración de la estancia:

Se trata de la cantidad de días durante los cuales está autorizado a permanecer en el "espacio Schengen", respetando la duración de utilización de su visado.  Si el consulado le ha expedido un visado de un año o más de válidez, la duración indicada será  “90 días”, puesto que la normativa Schengen  autoriza a permanecer dentro del territorio un máximo de 3 meses en un período de 6 meses.

Expedido en:

 Lugar de expedición del visado.

El:

Fecha de expedición del visado

Número de pasaporte

 Número de pasaporte del titular del visado.

Apellidos, Nombre

Según se indica primero los apellidos y luego el nombre del titular del visado.

Observaciones

 Aquí se podrán incluir detalles como: el tipo de visa, la categoría del titular, el motivo del viaje, etc.
Algunos ejemplos de las menciones más comúnmente utilizadas:

Transito aeroportuario este visado permite hacer escala en un país Schengen mas no salir de la zona “internacional” o “de aduanas” del aeropuerto.
Reagrupación Familiar: Este visado es expedido a individuos que han sido reagrupados por un familiar ciudadano de la UE, EEE o Suiza.


martes, 18 de octubre de 2011

ABOGADOS EN BARAJAS. ENTRADA EN ESPAÑA

Tras el éxito obtenido en nuestras ultimas intervenciones en el aeropuerto de Barajas, hemos decidido hacer público el servicio.

Si tiene previsto entrar en  España a través del Aeropuerto de Barajas, le informamos de que disponemos de un servicio de guardia localizada que consta de las siguientes fases:

- Preparacion del viaje: En el momento en que Vd. se decide a contratar nuestros servicios le vamos a requerir una copia de toda la documentación de que dispone para efectuar la entrada en España, una vez analizada y estudiada, le informaremos sobre si la consideramos suficiente o si según nuestro criterio debería aportar algún documento adicional.

- Preparacion de la entrada: Una vez que Vd. adquiere el billete nos informa del dia en que tiene de llegada y el numero de vuelo, y nosotros le informaremos del nombre de nuestro compañero que estará ese dia pendiente de su entrada.

El profesional asignado,  es abogado/a ejerciente en el colegio de Madrid, y especializado en derecho de extranjeria (especialmente en asistencia letrada en frontera). Este permanecerá localizable (hasta que Vd. le confirme su entrada) para el caso en que Vd. tuviera algún problema en el aeropuerto..

- Si existiese algún problema, y le fuese denegada la entrada, el abogado asignado, que ya conoce previamente su caso, y dispone de toda su documentacion se personará de forma inmediata en el aeropuerto,   para realizar los trámites, y recursos necesarios.

Hasta la fecha, hemos de informar que nuestro porcentaje de exito es superior al 90 %, es por ello que nos  hemos decidido a realizar esta oferta.

Le ofrecemos tanto asistencia previa, como el trato directo con un abogado que conoce su caso una vez llegue a España.

Si desea contactar con nosotros puede hacerlo a través de nuestro correo atorres.extranjeria@gmail.com, o bien a través del telefono que se indica en el blog.