REQUISITOS PARA LOS NACIONALES DE PAISES QUE NO NECESITAN VISADO
Si estas preparando un viaje a España te ofrecemos nuestro servicio de guardia en Barajas, informate contactando directamente con nosotros. VIAJA CON TOTAL GARANTIA
Los requisitos que exige España a los nacionales de países excluidos de la exigencia de presentar visado, vienen establecidos en la L.O 4/2000 y en el R.D 2393/2004 que lo desarrolla y son los que siguen:
Los requisitos son:
1) IDENTIFICACION: Pasaporte, este puede ser individual, familiar o colectivo, válidamente expedido y en vigor. Los menores de 16 años podrán figurar incluidos en el pasaporte de su padre, madre o tutor, cuando tengan la misma nacionalidad del titular del pasaporte y viajen con éste.
2) JUSTIFICACION DEL OBJETO DEL VIAJE, esta justificación se podra efectuar mediante los siguientes documentos:
a. Para los viajes de carácter profesional:
a. La invitación de una empresa o de una autoridad expedida, para participar en reuniones de carácter comercial, industrial o vinculadas al servicio.
b. Documentos de los que se desprenda que existen relaciones comerciales o vinculadas al servicio.
c. Tarjetas de acceso a ferias y congresos.
b. Para los viajes de carácter turístico o privado:
a. Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular, En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada.
b. Confirmación de la reserva de un viaje organizado.
c. Billete de vuelta o de circuito turístico.
c. Para los viajes por otros motivos:
a. Invitaciones, reservas o programas.
b. Certificados de participación en eventos relacionados con el viaje, tarjetas de entrada o recibos.
Además de los documentos expresados los extranjeros que pretendan entrar en el país, podrán justificar el motivo de su viaje, presentando cualquier documento o medio de prueba que, a su juicio, justifique la verosimilitud de los motivos de entrada manifestados.
3) RECURSOS ECONOMICOS, un total de 63.30 euros por día de permanencia en España. Este requisito es independiente de la reserva de hotel o carta de invitación. Puede acreditarse en efectivo, tarjeta, talón, etc.
El total del dinero que hay acreditar se obtendrá multiplicando la cantidad diaria por el nº de días que vayas a estar, y ten en cuenta que los días deben corresponder con el billete de avión de vuelta. El importe así obtenido no podra ser inferior a 570 €. En su caso (esto es, si se pretende una estancia de 5 dias por ejemplo) el mínimo exigidle ser 570 €.
4) SEGURO MEDICO que incluya entre sus coberturas la repatriación.
NO LO DUDES PUEDES HABLAR CONMIGO PERSONALMENTE precio de la llamada 1.18€/min. tf. fijo, y 1.53€/min. tf. movil, impuestos inclidos
jueves, 16 de septiembre de 2010
ENTRADA EN ESPAÑA (II)
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buenos dias doctora!! no se si mi comentario anterior fue publicado pero quisiera que aclare mi duda por favor
ResponderEliminarYo soy venezolano y tengo un billete comprado caraca-madrid-caracas para el dia 21 de febrero con regreso el 8 de marzo, no tengo carta de invitacion pero si poseo la reserva de hotel incluso tengo paga la primera semana de la estadia en madrid, aparte de eso llevo efectivo para justificar mi estancia alla.. el motivo de mi viaje es hacer turismo, no tendre algun inconveniente al ingresar a barajas?
espero su pronta respuesta doctora de ante mano mnuchas gracias
Hola,
ResponderEliminarNo tiene porque tener ningun inconveniente, es probable que la policia le pregunto a cerca del lugar que va a visitar., monumetos que quiere ver, etc...
Un saludo
Ana Torres
la reserva de hotel puede ser del 10% o tiene q estar paga por el total?
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarSe valora el conjunto de todos los requisitos.
Un saludo
Ana Torres
Hola,
ResponderEliminarEstamos planeando ir a España con una amiga (somos de Argentina).Ella tiene su hermana en Madrid y nos haría la carta de invitación a ambas. El problema es que nos dijeron en la Embajada de España en Argentina que el trámite demora 5 meses. Es esto así? Y, por otro lado, puede hacernos una carta a las dos? Finalmente, de presentar reserva en hotel esta tiene que ser por el total de los días que estaremos en España (según lo acredita el boleto de vuelta)?
Gracias y Saludos!
Hola,
ResponderEliminarEl tiempo de duracion de tramite, depende de cada oficina, del volumen de trabajo, etc.. ,en cuanto a la posibilidad de que os haga a las dos, depende de las circunstancias de la persona que invita, si estas interesada, circunstancias que con mucho gusto puedo analizar, si estas intersada, para ello debes contactar conmigo al email atorres.extranjeria@gmail.com o bien, te puedo atender por telefono.
Un saludo
Ana Torres
Hola abogada soy una joven Hondureña y mi primo que ya es residente español decea llevarme a pasar unos dias con el pero necesito saver si es necesario que yo lleve la cantidad de dinero que se exige para ir como turista puesto que mi primo pagara todos mis gastos en este caso que tengo que hacer gracias
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarSi tu primo se va a hacer cargo de todos los gastos debera envitarte carta de invitacion.
Un saludo
Ana Torres
Hola,
ResponderEliminarYo soy de México y quiero hacer un viaje a Madrid en Diciembre, específicamente del 26 Diciembre 2011 al 06 de Enero 2012, estoy a punto de comprar mi boleto, sin embargo no me queda muy claro en cuanto a la reserva, si la tengo que pagar antes o puedo hacer la reserva y pagar en cuanto llegue al hostal de mi elección, o incluso si puedo llegar con la reserva solo con el 10%, además ¿Tengo dudas en cuanto a la reserva de un viaje con itinerario? tengo entendido que esto es aparte de la reserva del hotel(hostal)
Muchas Gracias y Saludos desde México.
olá, buenos dias, mia madre esta venindo a españa em deciembre, mais no me da tiempo de hacer a carta de invintacion, que poderia mandar para provar que ela se quedará em mi casa, tengo trabalho fixo eu e mi pareja, tengo meus documentos todos em dia, tengo mucho medo que le pida a carta de invitacion, me ajuda por favor, desde de já, muchas gracias
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarAntes de regularse la carta de invitación, aconsejaba a mis clientes que hicieran un acta de manifestaciones ante notario, aunque ahora este documento está regulado.
Si estás interesado nuestro departamento de fronteras puede analizar los documentos que paorta tu madre y ofrecerte un asesoramiento específico, si lo deseas puedes solicitar información y presupuesto al correo atorres.extranjeria@gmail.com
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
Hola! Soy hondureña y estoy realizando estudios de postgrado aqui en España. Mi hermana quiere venir en Enero a pasar algunos días conmigo, pero viene como turista y me da temor porque dicen que a partir del 1º de Enero de 2012 pedirán, a la hora de entrar, más requisitos. Me gustaría saber si eso es cierto o si aún me valen los requisitos que tiene publicados en su blog. De entemano muchas gracias!
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarYo no tengo conocimiento de ningún cambio legislativo, los requisitos son los que aparecen recogidos en mi blog.
Si deseas puedes contratar nuestro servicio de asesoramiento y guardia en frontera, para ello puedes contactar conmigo al email atorres. extranjeria@gmail.com.
REcibe un cordial saludo
Ana Torres
Hola Ana
ResponderEliminarSoy dominicana casada con español, llevo 15 dias en madrid y ya he solicitado la tarjeta de residencia, pero la cita para esta es en julio del 2012, existe alguna forma de gestionar esto y que me conlleve menos tiempo?
Hola,
ResponderEliminarEstamos intentando que se gestionen las citas más rápidas, pero, por ahora, en Madrid es imposible.
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
En cuanto tiempo responden a las consultas hechas por aqui, si les mando un correo me podran responder.? ademas me gustaria me enviaran el presupuesto ami correo luego de responder mis preguntas
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarCreo que esta pregunta no merece respuesta.
De todos modos recibe un cordial saludo
Ana Torres
Hola Ana, desde ya muchas gracias. Te comento mi situación para ver que me recomiendas. Soy de Argentina y en Junio me caso con una ciudadana Italiana. Inmediatamente nos vamos a Barcelona a hacer un master, de duración aproximada un año. Yo voy a gestionar la Visa de estudiante, pero con ella no podré trabajar allí. Mi pregunta es si una vez en Barcelona, y antes que se acabe mi visa de estudio puedo solicitar la visa por familiar comunitario sin tener que salir de España y sin quedar en situación irregular (antes de irme de Argentina voy a inscribir mi matrimonio en Italia). Saludos, Juan
ResponderEliminarHola,
EliminarUna vez que tu matrimonio esté inscrito en Italia, y si resides con tu esposa italiana en España, puedes solicitar sin ningún problema la residencia de familiar de comunitario en España.
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
Hola Abogada Ana, Soy un Venezolano que tiene planeado viajar a España, pues unos amigos españoles me han invitado a conocer su país. Mis preguntas son las siguientes:
ResponderEliminar* Los Requisitos y el procedimiento para hacer una carta de Invitación son cuáles.
* Si logro ir a través de la carta de invitación, yo igual tengo que llevar la cantidad de 1139,4 €?. pues pretengo estar 18 Días y según mis cuentas ese es el dinero que minimo debo tener al momento de ingresar a España. Pregunto porque mi manuntención mientras este allá va hacer por medio de mis amigos ó acaso tengo que hacer un papeleo a parte que demuestre que mis gastos durante mi estadia correra por partes de mis amigos.
* Cuando dices "Confirmación de la reserva de un viaje organizado" Te refieres en el caso que vaya como turista a través de una reservación en un Hotel ó a otra cosa.
Disculpeme si fui algo extenso con mis preguntas. Bueno espero me responda pronto. De ante mano Gracias por responder y Saludos desde Venezuela.
Hola,
ResponderEliminarLa carta de invitacion la realizan las personas que se encuentran en España en la Comisaria de Policia (o la Oficina de Extranjeros) de su localidad.
En la misma se especificara que asumen en la invitación.
Si está interesado en que realicemos un estudio particularizado de su situación podemos hacerlo a traves de nuestro servicio de abogados en Barajas para asisitir en caso de problemas a la entrada.
Si está interesado puede contactar conmigo en el email atorres.extranjeria@gmail.com
Reciba un cordial saludo
Ana Torres
hola ana queria comentarte una cosa yo soy español y mi pareja es colombiana y estamos mirando la manera de que ella se pudiese venir a españa a vivir conmigo ahora me voy a colombia 2 semanas de vacaciones para poder estar con ella ya que por trabajo no podemos estar juntos y mi pregunta es como podemos hacerlo p ara q ella venga a españa sin que tenga muchos problemas yo me haria cargo de cualquier tipo de gasto pero no sabemos donde acudir o que papeles hacecn falta para que pueda estar permanentemente en España
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarLo más seguro es contraer matrimonio, y después solicitar la reagrupación familiar.
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
www.abogadaextranjeria.es
hola ,
ResponderEliminarquisaiera que me oriewntaras si es posible,yo soyn español mi mujer es venezolana casada en españa en diciembre de 2011 con papeles residencia por comunitario,tiene sus hijos en venezuela que quiere traer ,es posible que vengan como turistas y luego estando aqui tramitar la residencia por familiar comunitario? tenme al corriente.muchas gracias
Hola
EliminarTe informo que estamos cambiando la ubicación del blog, puedes consultuar tu respuesta en la siguiente dirección www.abogadaextranjeria.es
Un salduo
hola mi novia es de mexico ..ella tiene trabajo alli, pero al tener vivienda yo y trabajo queremos vivir aqui es españa. El caso es que lógicamente solo queremos vivir y conocernos mejor antes de casarnos. Hay alguna posibilidad de vivir sin casarse, por supuesto acreditaria que mientras este aqui me haria cargo de todos los gastos economicos, y tb de su estancia..
ResponderEliminarTb he escuchado la posibilidad de pareja de hecho.. resido en Alicante..
Un saludo, y gracias por su respuesta..
Hola
EliminarEstamos cambiando la ubicación del blog, encontrará su respuesta en www.abogadaextranjeria.es
Reciba un cordial saludo
Ana Torres
en que zona del blog? encontrare la respuesta .. Gracias!!
EliminarHola,
EliminarEn la pagina de inicio, en el apartado comentarios recientes situado en la parte inferior derecha de la página.
Un saludo
HOLA BUENOS DIAS SOMOS DEL ECUADOR PERO VIVIMOS EN ROMA ITALIA DE 12 AÑOS TENEMOS NUESTROS PAPELES DE AKI EN EL PROXIMO MES VIAJARIAMOS A MURZIA POR CINCO DIAS MI PREGUNTA ES SI MI SUEGRA Q TIENE 71 AÑOS DE EDAD Y NO POSEE DOCUMENTOS ITALIANOS SINO SOLO EL PASAPORTE ECUATORIANO PUEDE VIAJAR SIN PROBLEMAS A ESPAÑA GRACIAS DE ANTE MANO
ResponderEliminarhola ana quisiera saver que tengo que hacer para traer a mi hrmana de argentina
ResponderEliminarHOLA tengo una amiga que esta en Ecuador y quiere venir a España con su hija a visitarme necesita visado o una carta de invitacion desearia que me dijeras que documentacion debe reunir tanto ella como la niña muchisimas gracias
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
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